La lamentable secuencia que se sucedió desde que se conocieron las noches prohibidas del Presidente en aquel opaco invierno de 2020 fue una demostración de desprecio por la institución. Tan demoledor es el camino que transitó que es posible abordar el asunto desde el punto de vista político, jurídico, moral y hasta filosófico. Fernández logró amainar el vericueto legal, pero sabe de memoria que pagará la factura por los otros desatinos que es imposible resolver con dinero.
El primer componente que se demolió es la verdad. Y aquí vale detenerse un minuto en el rol de la prensa y en el del Presidente.
Cuando se conocieron los ingresos a la Quinta de Olivos, el jefe de Estado no aceptó que el cumpleaños hubiera existido. Poco tiempo después, reconoció que había ido de pasada; luego, culpó a su pareja y, finalmente, lo reconoció hasta el punto de pagar para resarcir el daño.
En el medio hubo un intento de colocar una mentira como explicación oficial. Fue la periodista Guadalupe Vázquez, cuando publicó su foto en LN+ la que provocó el reconocimiento de Fernández. Detenerse en esta secuencia es imaginar a los hombres del Presidente imponer la mentira como explicación.
Ricardo del Barco es profesor y doctor en Derecho de la Universidad de Córdoba. Se permitió una reflexión, a propósito del cumpleaños de Olivos. “Con la mentira pierde el Presidente su rol de garantir la convivencia y de ordenarla al logro del bien común”, dice. Luego apela a una antigua distinción que hacían los romanos ente potestas y auctoritas.
La primera refiere al poder socialmente reconocido, es decir, que tiene un cargo revestido de la formalidad para hacer cumplir su decisión. La segunda, surge de la autoridad, del reconocimiento moral del poderoso que hacen los conciudadanos. “El Presidente, tiene o pretende tener poder –potestas– pero, carece de auctoritas –autoridad moral–. La mentira despoja al poder de autoridad y esto es lo más más grave de lo que nos ocurre”, señala Del Barco.
Luego podrían llegar las reflexiones jurídicas. Acá también hay varios lugares desde donde iniciar el análisis. El primero es si este tipo de soluciones se aplica a delitos de peligro abstracto como los que no tienen una víctima en particular. En este caso, el bien jurídico protegido es la salud pública. La Justicia dijo que sí, que se aplica. Solo resta ver qué sucede con este antecedente en otros casos como las causas de tenencia de armas o de estupefacientes, que también son de peligro abstracto y podrían tener soluciones similares.
La otra es valorar si la fiesta, pagada por el Tesoro, es un hecho reservado al ámbito de la vida privada. Pero está claro, son discusiones pequeñas después de ver que se apostó por la mentira y se demolió la verdad y la palabra presidencial.