Tras los votos de los camaristas Mariano Llorens y Eduardo Farah, el juez Pablo Bertuzzi desempató la votación y resolvió la revocación de manera oficial.

Se retoma la investigación por la ruta del dinero.

Los jueces Llorens y Bertuzzi votaron propusieron la revocación del sobreseimiento de Cristina Kirchner.
El magistrado Farah, por su parte, señaló que «no habiendo acusación fiscal y no siendo la ONG ‘Bases’ una parte habilitada legal y constitucionalmente para querellar penalmente en la causa (conf. lo dicho por mí en la resolución previa registrada en CFP 3017/13/330/CA90, del 17 de agosto pasado), debe estarse al sobreseimiento dictado en primera instancia».
Llorens, en contraposición, propuso: «Hacer lugar a la apelación presentada por la ONG “Bases-Asociación Civil” y ordenar al juez de la instrucción que reexamine el fondo de la cuestión teniendo en cuenta los lineamientos expresados en esta resolución y todos aquellos que presenten las partes legitimadas en el proceso. Como consecuencia de ello, revocar el auto de mérito que dispone el sobreseimiento de Cristina Elisabeth Fernández de Kirchner».
Debido a las diferencias expuestas por los jueces de la Cámara Federal, Bertuzzi fue llamado a votar para desempatar entre Llorens y Farah.
En su desempate, el magistrado resolvió en línea con lo expuesto por su par Llorens:
«Adhiero, en lo sustancial, a lo manifestado por el Dr. Mariano Llorens en su voto. Ello así, puesto que de conformidad con los términos en que ha sido dictado el decisorio venido en revisión –me refiero al auto suscripto el día 5 de junio del corriente año por el Dr. Sebastián Casanello- se desprende que el sobreseimiento allí dictado resulta consecuencia, exclusivamente, de la ausencia de acusación –desde la perspectiva del a quo- respecto a la encartada Cristina E. Fernández”.

La causa por «la ruta del dinero K» comenzó en abril de 2013.
Según Bertuzzi, al ser incorporada como nueva querellante, la ONG Bases Republicanas debe ser escuchada. “Esta sola circunstancia determina, a mi entender, que el citado decisorio del 5/6/23 no pueda subsistir, dado que la premisa principal en que se sustenta –ausencia de acusación- ha perdido vigencia. En consecuencia, considero que corresponde revocar el auto en cuestión y devolver las actuaciones al a quo a efectos de que – con la intervención que corresponda de las partes- dicte un nuevo pronunciamiento”, señaló.
El caso, conocido como la ruta del dinero K, fue iniciado judicialmente en abril de 2013 en el marco de un posible enriquecimiento ilícito y lavado de dinero proveniente de la facturación ilegal y de la obra pública.
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